La Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores es un apoyo UNIVERSAL de $ 3,850 pesos bimestrales para personas de 65 años y más. Es un Programa para el Bienestar otorgado por el Gobierno de México a través de la Secretaría de Bienestar.
¿Qué es la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores?
La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es uno de los Programas para el Bienestar impulsados por el Gobierno de México a través de la Secretaría del Bienestar, mediante el cual se reconoce a las y los venerables ancianos como titulares de derechos a través de un apoyo económico de $1,925.00 pesos mensuales entregados de manera bimestral y directa, sin intermediarios, con la finalidad de garantizar una vejez digna y plena.
Monto de la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores
El monto de la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores consta de 1,925 pesos mensuales, que son pagados de manera bimestral, es decir, se paga cada dos meses la cantidad de 3,850 pesos.
El apoyo económico se entregará de manera directa –sin intermediarios- mediante el uso de una tarjeta bancaria del Banco del Bienestar.
El monto irá aumentando año con año hasta llegar a los 6,000 pesos bimestrales en 2024.
¿Qué es la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores?
La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores va dirigida a todos los adultos mayores que residan en el país y que tengan más de 65 años.
Esta pensión es universal, lo que quiere decir que se entrega a todas y todos los adultos mayores que vivan en México, sin importar origen, condición social o económica, ideología, creencias, nacionalidad, etcétera.
De esta manera, ayudamos en la mejora de la situación que viven las y los adultos mayores, en aras de reconocer su esfuerzo y empeño en la construcción de nuestro país.
Este apoyo bienestar es dado por el Gobierno de México a través de la Secretaría de Bienestar.
Requisitos y Criterios
Los requisitos que cada adulto mayor debe cumplir para acceder a ella son:
- Tener 65 años o más de edad cumplidos dentro del bimestre de incorporación.
- Residir dentro del territorio que comprende la República Mexicana.
- Acta de nacimiento.
- Documento de identificación vigente (Credencial para votar o del INAPAM, pasaporte u otros documentos expedidos por la autoridad correspondiente que acrediten identidad).
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Comprobante de domicilio (de máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.
- Formato Único de Bienestar debidamente llenado (este documento solo se dará en el momento del trámite).
Si el o la solicitante no pudiera realizar el trámite por sí mismo, puede nombrar a una persona adulta auxiliar en su representación, quien deberá presentar una identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio y un documento que acredite el parentesco con la persona adulta mayor, de acuerdo con lo establecido en el Formato Único de Bienestar.
*En el caso de personas extranjeras deberán presentar credencial de Residencia Permanente expedida por el Instituto Nacional de Migración (INM) con fecha de expedición mayor a 25 años, historial de Migración expedido por el INM, Clave Única de Registro de Población permanente, y un comprobante de domicilio.*
Se dará atención prioritaria a las personas adultas mayores que habitan en municipios y localidades con población mayoritariamente indígena o afromexicana o con alto o muy alto grado de marginación.
¿SABÍAS QUE?...
Según el artículo 4to de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Las personas mayores de sesenta y ocho años tienen derecho a recibir por parte del Estado una pensión no contributiva en los términos que fije la Ley.
Párrafo adicionado a través del DOF el 08-05-2020
¿Cómo y Cuándo se puede solicitar la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores?
Para inscribirse a la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es necesario que se lleve los documentos anteriormente mencionados a un módulo de integración, específicamente a un Centro Integrador de Desarrollo.
Es importante estar atentos a los avisos de la delegación local para saber fechas de incorporación.
Ubica tu módulo de registro
Ubica tu módulo de entrega de tu pensión
Apoya de manera universal a mujeres y hombres mayores de 68 años en todo el país
Secretaría de Bienestar
En zonas indígenas el apoyo es a partir de los 65 años.
El objetivo del Programa es contribuir al bienestar de la población adulta mayor a través del otorgamiento de una pensión no contributiva.
Personas Adultas Mayores
Los derechos de las personas adultas mayores no son respetados y cumplidos a cabalidad en nuestro país.
La mayor parte de ellos se encuentra en pobreza y sin acceso a un sistema de protección social que les garantice una vejez digna y plena. Según datos oficiales solo 23 % de las mujeres y 40% de los hombres tienen acceso a una pensión contributiva. Pero lo más grave es que 26% de las personas adultas mayores no tienen ni pensión contributiva ni apoyo de programas sociales.
Por ende, las condiciones de desigualdad de las personas adultas mayores con respecto a la sociedad muestran que su situación es similar a la de otros grupos sociales discriminados como los indígenas, personas con discapacidad y las mujeres.
Por dicha razón el Gobierno de México refrenda con el Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores su visión de que son titulares de derechos económicos y sociales y que debe garantizarse su cumplimiento.
El programa tendrá cobertura nacional y otorgará un apoyo económico a:
Personas de 65 años o más que viven en comunidades indígenas
Personas adultas mayores de 68 años o más de edad en el resto del país
Personas adultas mayores de 65 a 67 años inscritas en el Padrón de derechohabientes del programa Pensión para Adultos Mayores activos a diciembre del ejercicio 2018.
Para el año 2019 el monto de apoyo económico que recibirán los adultos mayores es de $1,275 pesos mensuales que serán entregados bimestralmente.
El apoyo económico se entregará de manera directa –sin intermediarios- mediante el uso de una tarjeta bancaria.
Requisitos
Para las personas adultas mayores indígenas documento que demuestre residencia en alguno de los municipios catalogados como pueblos indígenas.
Documento de identificación vigente que puede ser la credencial para votar.
Clave Única de Registro de Población (CURP)
Para las personas de 65 a 67 años inscritas en el Padrón de derechohabientes del ejercicio 2018, sólo se necesita estar activos en el padrón.
Se fomentará que las y los servidores públicos involucrados en la operación del Programa, reconozcan, promuevan, respeten, protejan y garanticen el ejercicio efectivo de los derechos humanos de las y los derechohabientes, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, brindando en todo momento un trato digno y de respeto a las personas, con apego a los criterios de igualdad y no discriminación.
Contraloría Social – Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores